Ahora toca empadronarse
Holitas vecinitos
Imagino que cuando escriturasteis, el notario os explicó que el impuesto sobre transmisiones patrimoniales que es el 1% se convertía en el 0,1 % (es decir, un 99% de bonificación) si esta vivienda pasaba a ser vuestra vivienda habitual.
Bueno pues si estais en este caso, debeis recordar que teneis 3 meses para empadronaros aquí en este domicilio o estareis obligados a pagar el resto (y la multa, ya se sabe), así como, igualmente, modificar el DNI.
Por si no sabeis o no recordais lo que hay que hacer, el ayuntamiento nos lo explica en su web. Aquí os copio un extracto del documento:
DESCRIPCIÓN . | ||||
| El Padrón municipal es el registro administrativo donde constan los vecinos de un municipio. Sus datos constituyen prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo. Las certificaciones que de dichos datos se expidan tendrán carácter de documento público y fehaciente para todos los efectos administrativos. . Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite más tiempo al año. . Los menores de edad no emancipados y los mayores incapacitados tendrán las misma vecindad que los padres que tengan su guarda o custodia o, en su defecto, de sus representantes legales, salvo autorización por escrito de éstos para residir en otro municipio. Este trámite debe realizarlo cualquier persona que cambie de domicilio dentro del municipio de Valencia. . | ||||
| DOCUMENTACIÓN NECESARIA . | ||||
o Ciudadanos nacionales de estados miembros de la Unión Europea: Tarjeta de residencia en vigor, documento acreditativo de la identidad o pasaporte en vigor. o Ciudadanos nacionales de terceros estados (no miembros de la UE): Tarjeta de residencia en vigor o pasaporte en vigor. Si se solicita el empadronamiento de todos los miembros de una familia, deberá aportarse original y fotocopia del DNI y original y fotocopia del libro de familia para los menores de edad. Si se trata de extranjeros, tarjeta de residencia en vigor o pasaporte en vigor de cada uno de los miembros que integren la familia. Si el solicitante es un menor emancipado, deberá aportar la sentencia firme de emancipación. § Documento que acredite la ocupación de la vivienda: cualquiera de los siguientes documentos - Original o fotocopia de la escritura de propiedad, o copia simple, de la vivienda. - Original y fotocopia de recibo o factura actual de agua, luz o teléfono. - Contrato de arrendamiento y fotocopia, con el último recibo. .........
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Larga y próspera vida

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